MATRICULACIÓN
El Indicativo de Matrícula de embarcaciones y su visualización
El Indicativo de Matrícula es el conjunto alfanumérico que individualiza a cada buque o embarcación de las demás, siendo, por tanto, único.
El Indicativo de Matrícula irá pintado o fijado en ambas amuras de todas embarcaciones de la lista 7ª, a la máxima altura posible de la línea de flotación, siendo su tamaño suficiente, en relación con las dimensiones del buque o embarcación, de forma que pueda ser fácilmente identificado en la mar, siendo su color blanco sobre cascos oscuros y negro sobre cascos
Composición del Indicativo de Matrícula:
La lista a la que pertenece en número (6ª ó 7ª)
La Provincia Marítima con las letras correspondientes
El Distrito Marítimo correspondiente en número
Su folio y año
Cada uno de estos datos irá separado de un guión.
En el momento de entrada en servicio de la unidad de que se trate deberá llevar en sus amuras el Indicativo de Matrícula.
El titular podrá elegir el puerto de matrícula.
Embarcaciones exentas de matriculación
Están exentos de matriculación los aparatos flotantes o de playa con independencia de su eslora. En cuanto a las embarcaciones, según el RD 1435/2010 que regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo, están exentas de matriculación todas las embarcaciones por debajo de 2.5 m. de eslora, además para las embarcaciones hasta 12m. de eslora con marcado CE se puede elegir entre registrarlas o matricularlas. El tramite debe realizarse en la capitanía marítima de referencia.
Documentación necesaria para el registro de embarcaciones
Para registrar la embarcación es necesario presentar lo que se detalla en el Artículo 8.6 del RD 1435/2010:
- Factura de compra.
- Justificante de pago del IVA.
- Justificante del pago del impuesto de matriculación.
Las embarcaciones de recreo sujetas a este artículo tendrán el deber de enarbolar el pabellón español. Asimismo, estas embarcaciones deberán llevar pintado o fijado de forma permanente en ambas amuras el indicativo de inscripción. Los propietarios y patrones de estas embarcaciones de recreo serán responsables de que éstas cumplan con las normas de seguridad marítima y de radiocomunicaciones.
Documentación necesaria para la solicitud de la matrícula
Para matricular la embarcación es necesario presentar todo lo que se indica en el artículo 9 del RD 1435/2010:
- Factura de compra.
- Declaración escrita de conformidad.
- Certificado de procedencia o despacho de aduana.
- Justificante de ingreso de la tasa de inscripción en el Registro de buques.
- Justificante del pago de la tasa de ayudas a la navegación.
- Documentación acreditativa del pago del Impuesto especial sobre determinados medios de transporte.
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